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Reglamento De Higiene Y Seguridad Industrial

Expertos En Café S.A.S

Fecha: AGOSTO DEL 2013    
Identificación: 900.420.680-5    
  Nit o cédula de ciudadanía     
       
La empresa: EXPERTOS EN CAFÉ SAS    
  Nombre o razón social    
       
COTA
CUNDINAMARCA
Aut. Med. Km.1.8 P.Ind SOKO B.4
2715424
Ciudad
Departamento
Dirección
Teléfono
       
Sucursales o agencias SI _X_ Número: ONCE (11)    

 


 

NOMBRE DE LA ARP:

Número patronal: N póliza de afiliación:

LIBERTY

25004

 

Clase o tipo de riesgo asignado por la ARP :_II

Código de la actividad Económica No (7 dígitos): (Según Decreto 1607 del 31 de Julio de 2002 del Ministerio de Protección Social- por el cual se adopta la tabla de clasificación de actividades económicas para el Sistema General de Riesgos Profesionales) 1 5229 01

Describa la actividad económica según el anterior Decreto 1607 (tenga en cuenta que NO se trata de la descripción del objeto social que consta en el certificado de cámara de comercio)

Producción, comercialización, por mayor y detal, de toda clase de artículos del sector de alimentos, bebidas y productos conexos y en especial, la producción y comercialización de productos agroindustriales, lácteos y helados en el país y en el exterior la exportación de helados, jugos, salsas, almíbares, frescos o congelados y en general insumos y bienes de capital, requeridos para la producción y comercialización de helados al por mayor y detal.

 

Prescribe el siguiente reglamento, contenido en los siguientes términos:

ARTÍCULO 1. EXPERTOS EN CAFE se compromete a dar cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, tendientes a garantizar los mecanismos que aseguren una oportuna y adecuada prevención de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, de conformidad con los artículos 34, 57, 58, 108, 205, 206, 217, 220, 221, 282, 283, 348, 349, 350 y 351 del Código Sustantivo del Trabajo, la Ley 9a de 1.979, Resolución 2400 de 1.979, Decreto 614 de 1.984, Resolución 2013 de 1.986, Resolución 1016 de 1.989, Resolución 6398 de 1.991, Decreto 1295 de 1994 y demás normas con tal fin se establezcan

ARTÍCULO 2. EXPERTOS EN CAFE se obliga a promover y garantizar la constitución y funcionamiento del Comité paritario de Salud Ocupacional de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, de conformidad con lo establecido por el Decreto 614 de 1.984, la Resolución 2013 de 1.986, la Resolución 1016 de 1.989 y Decreto 1295 de 1994

ARTÍCULO 3. EXPERTOS EN CAFE se compromete a destinar los recursos necesarios para desarrollar actividades permanentes, de conformidad con el programa de salud ocupacional, elaborado de acuerdo con el Decreto 614 de 1.984 y la Resolución 1016 de 1.989, el cual contempla, como mínimo, los siguientes aspectos:

a) Subprograma de medicina preventiva y del trabajo, orientado a promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores, en todos los oficios, prevenir cualquier daño a su salud, ocasionado por las condiciones de trabajo, protegerlos en su empleo de los riesgos generados por la presencia de agentes y procedimientos nocivos; Colocar y mantener al trabajador en una actividad acorde con sus aptitudes fisiológicas y psicosociales.

b) Subprograma de higiene y seguridad industrial, dirigido a establecer las mejores condiciones de saneamiento básico industrial y a crear los procedimientos que conlleven a eliminar o controlar los factores de riesgo que se originen en los lugares de trabajo y que puedan se causa de enfermedad, disconfort o accidente.

ARTÍCULO 4. Los riesgos existentes en la empresa, están constituidos, principalmente, por:

CLASIFICACION DE LOS FACTORES DE RIESGO

 

PUNTOS DE VENTA:

 

RIESGOS QUIMICOS

Presencia de Líquidos.

RIESGOS BIOLÓGICOS

Virus, Bacterias, Hongos.

RIESGOS ERGONÓMICOS

Posturas inadecuadas, Posiciones prolongadas, Movimientos repetitivos, Levantamiento inadecuado de cargas, Sobreesfuerzo físico,

RIESGOS DE SEGURIDAD

Mecánicos, Eléctricos, Incendio, Almacenamiento inadecuado, Manejo de herramientas manuales, Trabajos en altura, Riesgo Publico.

RIESGOS PSICOSOCIALES

Carga mental elevada, Falta de organización y planeación del trabajo, Monotonía, Inadecuadas relaciones interpersonales, Atención de Publico.

RIESGOS NATURALES

Granizadas, Tormentas eléctricas, Sismos, Inundaciones.

PARÁGRAFO. - A efecto de que los riesgos contemplados en el presente artículo, no se traduzcan en accidente de trabajo o enfermedad profesional, la empresa ejerce su control en la fuente, en el medio transmisor o en el trabajador, de conformidad con lo estipulado en el programa de salud ocupacional de la empresa, el cual se da a conocer a todos los trabajadores al servicio de ella.

ARTÍCULO 5. EXPERTOS EN CAFÉ SAS y sus trabajadores darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales, así como a las normas técnicas e internas que se adopten para lograr la implantación de las actividades de medicina preventiva y del trabajo, higiene y seguridad industrial, que sean concordantes con el presente Reglamento y con el programa de salud ocupacional de la empresa.

ARTÍCULO 6. EXPERTOS EN CAFÉ SAS ha implantado un proceso de inducción del trabajador a las actividades que deba desempeñar, capacitándolo respecto a las medidas de prevención y seguridad que exija el medio ambiente laboral y el trabajo específico que vaya a realizar.

ARTÍCULO 7. Este Reglamento permanecerá exhibido en, por lo menos dos lugares visibles de los locales de trabajo, cuyos contenidos se dan a conocer a todos los trabajadores en el momento de su ingreso.

ARTÍCULO 8. El presente Reglamento entra en vigencia a partir de la fecha y durante que la empresa conserve, sin cambios substanciales, las condiciones existentes en el momento de su aprobación, tales como actividad económica, métodos de producción, instalaciones locativas o cuando se dicten disposiciones gubernamentales que modifiquen las normas del Reglamento o que limiten su vigencia.

Representante legal,

 
REPRESENTANTE LEGAL
CARLOS ALBERTO LONDOÑO CASTRO